lunes, 22 de junio de 2015

El precio de los Recursos Naturales

Si bien, muchos de los productos y mercancías que solemos adquirir en cualquier establecimiento comercial tiene un determinado precio (ya establecido por el mercado en una microeconomía o macroeconomía), entonces ¿Qué pasa con los Recursos Naturales? Pareciera un gran dilema el tratar de ponerle precio a todo recurso (agua, árboles y animales) que se encuentra de manera libre en su medio natural, además de parecer algo descabellado para ciertas mentalidades que creen que “conservar” es no tocar (y que salen desnudas a las calles y que por obvias razones casi nadie lee las pancartas). Y es que el ser humano, desde los principios del surgimiento de la Economía ya le había echado el ojo a un recurso natural, por el cual se han librado grandes revoluciones y levantamientos. Y no es exageración, basta mirar los libros de historia, que aunque ocultan muchas verdades, aún mantienen cierta lógica con respecto a los detonantes de muchos enfrentamientos en el pasado y en el presente, y la mayoría de las veces es por este recurso: la tierra.
La tierra para un campesino es un recurso de vital importancia, pues de ella obtiene sustento, construye su vivienda y genera trabajo para sí; para un obrero es su medio de trabajo, y para un obeso y sonriente empresario una pila de billetes. De esta manera entendemos que de la tierra se obtienen los recursos naturales, y por lo tanto, su disposición ya cuenta con una reglamentación. Vamos a utilizar un poco el leguaje economista. La tierra en la materia también se denomina como propiedad y sus derechos tienen dos componentes: el primero es la propiedad misma, que define al dueño de los títulos de propiedad. En nuestra propia sociedad existen diversas formas de propiedad: de acceso libre, donde nadie es excluido del uso de los recursos naturales y nadie tiene la obligación de cuidarlos; la propiedad pública cuando el gobierno determina quiénes serán excluidos del goce de un recurso y quiénes tendrán la obligación de cuidarlos; la propiedad comunitaria es cuando el recurso pertenece a un grupo social determinado (en nuestro país son los ejidos), quienes se benefician de su buen uso y, conjuntamente con el gobierno, tienen la obligación de cuidarlos. Finalmente la propiedad privada, en la que el dueño del título es un agente económico individual, quien se beneficia de cuidarlo y paga las consecuencias de no hacerlo.
Podemos citar grandes ejemplos sobre el correcto uso que han desempeñado los dueños de las anteriores formas de derecho de propiedad, pero también habría que citar otros ejemplos que demuestren que no siempre se puede hacer un buen aprovechamiento de los recursos. Tal es el caso de la propiedad de acceso libre, como las zonas federales: las playas, por ejemplo. Como cualquiera puede utilizarlos sin sentirse obligados a cuidarlas, cualquier hotelero puede descargar sus aguas negras en ellas, los bañistas arrojar su basura y los restauranteros litigar con otros restauranteros por invadir “su propiedad”. Muy a pesar de que existen leyes sobre protección a los recursos naturales, se observa una clara inconsistencia por parte de las autoridades que nada más se dedican a condenar con excesiva severidad a una persona sorprendida extrayendo huevos de tortuga, y a poner papelitos de “clausurado” a obras de exorbitantes dimensiones en zonas prohibidas (que curiosamente continúan construyéndose sin mayores problemas). La principal problemática radica en que no se ha considerado la importancia de un aprovechamiento sustentable (economía, sociedad y medio ambiente), lo que se traduce en una clara falta de educación en la sociedad y sus gobernantes.
Entonces ¿Cuál es el precio de los recursos naturales? ¿El que se paga por la renta de la tierra?, ¿son las infracciones por su degradación? O bien, la llamada política de “el que contamina paga”, que aunque en un principio pareciera ser una buena forma de controlar el daño ambiental, tal perece una forma de “rentar” las áreas naturales como vertederos por una módica cantidad (tomando en cuenta que los contaminadores tienen mejores ganancias que un diputado o un cebado banquero). Desde un punto de vista personal, el precio de los recursos naturales puede que no radique simplemente en su valor monetario, puesto que la misma ideología recae en este nimio concepto. Debe existir un soporte más robusto, o bien un entendimiento más claro sobre los principios que sustentan dicha ley y una concientización colectiva de que “el que contamina paga” es mucho más que una simple idea propuesta por un partido político por obra de la generación espontánea (o creación divina, que es lo mismo). Solo entonces podrá haber una estimación más precisa y justa sobre el valor de los recursos naturales, y hacer a un lado la idea de que la Economía solo trata de billetes, bancos y un hombre muy obeso de saco gris, si no que los mismos recursos y su aprovechamiento moderado son materia de alta importancia y la responsabilidad por su cuidado recae en todos.

Literatura consultada
Enríquez-Andrade R. R. 2005. Introducción al análisis económico de los recursos naturales y del ambiente. Universidad Autónoma de Baja California. México. 263 p.



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